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Preguntas y respuestas
1. ¿Cómo
puedo ser elegible para recibir más de $250.000 en cobertura del
seguro de la FDIC?
La FDIC ofrece cobertura por separado para fondos que los depositantes
tengan en el mismo banco asegurado si los depositos se encuentran en diferentes
categorías de propiedad. Para poder ser elegible para esta cobertura
ampliada, debe cumplir los requisitos para la cobertura del seguro en cada
una de las categorías de propiedad.
El ejemplo a continuación muestra cómo una familia de cuatro
(esposo, esposa y dos hijos) podrían ser elegibles para recibir
hasta 3 millones de dólares en cobertura de la FDIC en un banco
asegurado. Este ejemplo asume que los fondos se encuentran en productos
de depósito cualificados en un banco asegurado y que estas son las únicas
cuentas que la familia tiene en el banco.
| Ejemplo: Cobertura del
seguro para una familia de cuatro con cuentas de depósito en múltiples categorías
de propiedad |
Título de la cuenta |
Categoría de propiedad
de la cuenta |
Titulare(s) |
Beneficiario(s) |
Máximo monto para el
seguro |
| Esposo |
Cuenta individual |
Esposo |
|
$ 250.000 |
| Esposa |
Cuenta individual |
Esposa |
|
250.000 |
| IRA del esposo |
Ciertas Cuentas de Jubilación |
Esposo |
|
250.000 |
| IRA de la esposa |
Ciertas Cuentas de Jubilación |
Esposa |
|
250.000 |
| Esposo y esposa |
Cuenta
conjunta |
Esposo y esposa |
|
500.000 |
| POD del esposo |
Cuenta
de fideicomiso revocable |
Esposo |
Wife |
250.000 |
| POD de
la esposa |
Cuenta
de fideicomiso revocable |
Esposa |
Esposo |
250.000 |
| Fideicomiso activo
de un esposo y su esposa |
Cuenta
de fideicomiso revocable |
Esposo y esposa |
Hijo 1 Hijo 2 |
1.000.000 |
| Total |
|
|
|
3.000.000 |
| Monto asegurado |
|
|
|
3.000.000 |
| Monto no asegurado |
|
|
|
$ 0 |
Explicación
Categoría de propiedad
de cuentas individuales
La FDIC combina todas las cuentas individuales que son propiedad
de una misma persona en el mismo banco y las asegura hasta $250.000.
Los depósitos
que el esposo tiene en su cuenta individual no superan los $250.000,
por lo
tanto están totalmente asegurados. Lo mismo se puede decir de
los depósitos que tiene la esposa en su cuenta individual. Ambas
cuentas están totalmente aseguradas.
Categoría de propiedad de Ciertas cuentas de jubilación
La FDIC suma todas las 'Ciertas cuentas de jubilación' que tiene
una misma persona en un mismo banco y asegura el total hasta $250.000.
El esposo y la esposa tienen cada uno una cuenta IRA en el banco con un
saldo de $250.000. Puesto que cada cuenta está dentro del límite
del seguro, los fondos están totalmente asegurados.
Categoría
de propiedad de cuentas mancomunadas
El esposo y la esposa tienen una cuenta conjunta en el banco. La FDIC
combina la participación de cada cotitular en todas las cuentas
mancomunadas del banco y asegura el total de cada uno hasta $250.000.
La participación del esposo en todas las cuentas mancomunadas
del banco es igual a la mitad de la cuenta conjunta o $250.000,
por lo tanto su
participación está totalmente asegurada. La participación
de la esposa en todas las cuentas mancomunadas del banco es igual a la
mitad de la cuenta conjunta o $250.000, por lo tanto su participación
también está totalmente asegurada.
Categoría de propiedad de cuenta de fideicomiso
revocable
Para determinar la cobertura del seguro de una cuenta de fideicomiso
revocable, la FDIC primero determina el monto de los depósitos
del fideicomiso que corresponden a cada titular. En este ejemplo:
- La participación del esposo = $750.000 (100% de la cuenta
POD del esposo nombrando a la esposa como beneficiaria y 50%
de la cuenta
de fideicomiso
activo del esposo y su esposa identificando al hijo 1 y al hijo
2 como beneficiarios)
- La participación de la esposa = $750.000 (100% de la
cuenta POD de la esposa nombrando al esposo como beneficiario
y 50%
de la cuenta
de fideicomiso activo del esposo y su esposa identificando
al hijo 1 y al
hijo 2 como beneficiarios)
En segundo lugar, la FDIC determina el número
de beneficiarios para cada titular. En este ejemplo, cada titular tiene
3 beneficiarios
diferentes
(esposo/a, hijo 1 e hijo 2). Cuando el titular de un fideicomiso
revocable nombra cinco beneficiarios o menos, el titular está asegurado
hasta $250.000 por cada uno de los beneficiarios. La participación
del esposo en los depósitos del fideicomiso revocable se asegura
hasta $750.000
($250.000
por 3 beneficiarios = $750.000).
La participación
de la esposa en los depósitos del fideicomiso revocable
se asegura hasta $750.000
($250.000
por 3 beneficiarios = $750.000).
Fallecimiento del titular de una cuenta o de un beneficiario
2. ¿Qué sucede con la cobertura del seguro después
del fallecimiento del titular?
La FDIC asegura las cuentas de un fallecido como si la persona
estuviera aún viva hasta 6 meses después de fallecer el titular de
la cuenta. Durante este período de gracia, la cobertura de seguro
de las cuentas del titular no cambiará, a menos que las cuentas
sean reestructuradas por las personas autorizadas para hacerlo. Además,
la FDIC no aplicará este período de gracia si éste
provocara una cobertura menor.
3. ¿Cómo se ve afectada
la cobertura del seguro tras la muerte de un beneficiario de un fideicomiso
revocable informal
(por ejemplo, una cuenta POD)?
No existe periodo de gracia si fallece el beneficiario
de una cuenta POD. En la mayoría de los casos, la cobertura del seguro de dichos depósitos
se reduciría de inmediato.
Por ejemplo, una madre deposita $500.000
en una cuenta POD en un banco asegurado y ha nombrado a sus
dos hijos
beneficiarios
en
los registros
de cuentas del banco. Mientras que el titular y los
dos beneficiarios estén
vivos, la cuenta se asegura hasta $500.000
($250.000
por dos beneficiarios = $500.000).
Si fallece un beneficiario, la cobertura
del seguro para
la cuenta POD de la madre se reduce inmediatamente
a $250.000
($250.000
por un beneficiario = $250.000).
4. ¿De qué manera
afecta el fallecimiento de un beneficiario de un fideicomiso revocable
formal
a la cobertura
del seguro?
Del mismo modo que para los fideicomisos revocables
informales, el período
de gracia de seis meses no se aplica al fallecimiento de un beneficiario
nombrado en una cuenta de fideicomiso revocable formal. Sin embargo, los
términos del fideicomiso revocable formal pueden prever un beneficiario
sucesor u otro tipo de redistribución de los depósitos del
fideicomiso. En función de estos términos,
la cobertura de seguro puede cambiar o no.
Fusión de bancos
asegurados
5. ¿Qué sucede con mi cobertura de seguro si tengo depósitos
en dos bancos asegurados que se fusionan?
Cuando se fusionan dos o más bancos asegurados, los depósitos
del banco asimilado se aseguran por separado de los depósitos del
banco que realiza la asimilación durante al menos seis meses después
de la fusión. Este periodo de gracia le
ofrece al depositante la oportunidad de reestructurar
sus
cuentas, si fuera necesario.
Los certificados de depósito (CD) del banco asimilado se aseguran
de manera separada hasta la primera fecha de vencimiento después
de finalizado el periodo de gracia de seis meses. Los certificados de depósito
que venzan durante ese período de seis meses y que se renueven por
el mismo plazo y con el mismo monto en dólares (ya sea con o sin
interés devengado) seguirán asegurados por separado hasta
la primera fecha de vencimiento después del período de seis
meses. Si un certificado de depósito vence durante el período
de seis meses de gracia y se renueva con otro criterio, estaría
asegurado de manera separada solamente hasta el final del período
de seis meses de gracia.
Cuentas fiduciarias
6. ¿Qué son
las cuentas fiduciarias?
Las cuentas fiduciarias son cuentas
de depósito propiedad de
una parte y mantenidas en calidad fiduciarias por otra parte. Las relaciones
fiduciarias pueden incluir, pero no están limitadas a, un agente,
una persona designada, un tutor, un albacea o un custodio. Las cuentas
fiduciarias comunes incluyen las Cuentes de Transferencia Uniforme a
Menores, las cuentas de depósito en garantía, las Cuentas
de Fideicomiso de Abogados (IOLTA) y las cuentas de depósito obtenidas
a través de un intermediario.
7. ¿Cuáles son los requisitos de divulgación de información
de la FDIC para las cuentas fiduciarias?
La naturaleza fiduciaria de la cuenta debe
ser divulgada en los registros de cuentas
de depósito del banco (por ej., “Isabel Luna como
Custodio de Susie Luna” o “Primera Compañía de
Títulos de Propiedades, Cuenta de depósito en garantía
para titular”). El nombre y el interés de propiedad de cada
titular de la cuenta debe poder determinarse a través de los registros
de cuentas de depósito del banco asegurado o los registros del intermediario
(o de alguna persona o entidad que haya acordado mantener los registros
para el intermediario).
Se aplican reglas especiales de divulgación para las relaciones
fiduciarias con varios niveles. Si un intermediario reúne los depósitos
de diversos titulares en una cuenta y se cumple la normativa de divulgación,
los depósitos de cada titular estarán asegurados como los
depósitos de ese titular.
8. ¿Cómo
asegura la FDIC los fondos depositados
por un fiduciario?
Los fondos depositados por un fiduciario
por parte de una persona o entidad (el
titular) se aseguran como los depósitos del titular siempre
que se cumplan los requisitos de las cuentas fiduciarias.
9. ¿Se aseguran por separado los fondos depositados por un fiduciario
de las otras cuentas de depósito que tenga un titular en el mismo
banco?
Los fondos depositados por un fiduciario
en representación de una
persona o entidad (el titular) se suman a cualquier otro depósito
que el titular tenga en la misma categoría de propiedad en el mismo
banco, y se aseguran hasta el límite aplicable.
Por
ejemplo, un corredor adquiere un CD por
$250.000
en representación
de un cliente en el banco ABC. El cliente ya tiene una cuenta corriente
a su nombre en el banco ABC con $15.000.
Las dos cuentas se suman y se aseguran hasta $250.000
como una cuenta de la categoría de propiedad
individual. Puesto que los depósitos del cliente en la categoría
de propiedad individual suman $265.000,
quedarían al descubierto
y sin seguro $15.000.
Cuentas de ahorros de salud (HSA)
10. ¿Qué es una cuenta de ahorros de salud (HSA, por sus siglas en inglés)?
Una cuenta de ahorros de salud (HSA) es un fideicomiso exento de impuestos del IRS calificado o un depósito de custodia que se establece con un fiduciario HSA calificado, tales como un banco asegurado por la FDIC, para pagar o reembolsar un depositante para ciertos gastos médicos.
11. ¿Cómo asegura la FDIC una cuenta de ahorros de salud (HSA)?
Una cuenta de ahorros de salud (HSA), como cualquier otro depósito, está asegurada basado en quien es el propietario de los fondos y si los beneficiarios han sido nombrados. Si un depositante abre una cuenta de ahorros de salud (HSA), y nombra beneficiarios, ya sea en el acuerdo del HSA o en los registros del Banco, la FDIC aseguraría el depósito bajo la categoría de titularidad de fideicomiso revocable. Si un depositante abre una cuenta de ahorros de salud (HSA) y no nombra beneficiarios, la FDIC aseguraría el depósito bajo la categoría de titularidad de cuenta individual.
12. ¿Cómo debe ser titulada una cuenta de ahorros de salud (HSA)?
La identificación de un depósito como una cuenta de ahorros de salud (HSA), tales como HSA de Juan Díaz, es suficiente para la titulación del depósito para ser elegible para la cobertura de cuenta individual o cuenta de fideicomiso revocable, dependiendo de si se nombran beneficiarios elegibles. |